El ministro de salud, Alejandro Gaviria respondió al requerimiento de la corte constitucional que le había fijado un plazo de 30 días para que reglamentara el protocolo para aquellos pacientes que requirieran la eutanasia en el país.
La creación de comités en los hospitales es uno de los aspectos que incluye la resolución, los médicos e instituciones tendrán la responsabilidad de determinar los trámites pertinentes para que el Sistema de Salud le garantice la posibilidad de terminar con su vida en “condiciones dignas” a toda persona que lo solicite de acuerdo a los expuesto en la Sentencia C-239 de 1997.
Además, la resolución establece que quien solicite el derecho a la muerte digna debe padecer una enfermedad que no tenga tratamiento, exige verificar la atención en cuidados paliativos, el comité deberá estar integrado por un médico con la especialidad de la enfermedad del paciente, un abogado y un psiquiatra o psicólogo clínico, que no podrán tener objeción de conciencia, así mismo, incluye el consentimiento previo en caso de que el paciente este en incapacidad de manifestar su deseo y el derecho a cuidados paliativos que mejoren su calidad de vida.
La resolución deja en claro que los costos no son impedimento, por lo que las EPS debe garantizar el derecho que deberá ser resuelto en un plazo máximo de 10 días que una vez aprobado dará 24 horas para designar un médico que realice el proceso en la fecha que el paciente lo decida o en los siguientes 15 días calendario.
Editor Noti5
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