El sumo pontífice y legislador supremo de la iglesia, tomo la decisión de reformar algunas disposiciones del código de derecho canónico y de manera específica los que tienen que ver con el proceso de nulidad matrimonial. Hay que precisar que el papa mantuvo las causales, de lo que se trata esa de agilizar los procesos de nulidad
La nueva ley que ha dado el Papa también cancela la necesidad de una segunda instancia que en el caso de Colombia era Bogotá. En consecuencia, con la única existencia de un tribunal eclesiástico regional en calidad de juez, el tiempo para ejecutar el juzgamiento se reduce a la mitad, pasando de un año a seis meses.
Las causales de nulidad se dividen en tres partes, las nulidades derivadas de impedimentos, o por vicio de consentimiento, y en tercer lugar las catalogadas por defecto de forma.
En el caso de un divorcio, el juez eclesiástico siempre presupone la validez, hasta que el demandante demuestra evidencias objetivas y contundentes que constituyan razón suficiente para que la nulidad del matrimonio se pueda dar según el derecho canónico.
Así, la reforma decretada por el sumo pontífice tiene como objetivo principal agilizar los procesos de nulidad del matrimonio, pero mantiene el principio según el cual. la unión católica es indisoluble.
Editor Noti5
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